Respuesta a Mutual por presentación sobre Empresas Estratégicas
El pasado 5 de julio, un diario de circulación nacional publicó la información respecto de la presentación hecha por Mutual de Seguridad CChC al Ministerio de Economía, realizada el 30 de mayo, solicitando se declare a la organización “Empresa Estratatégica”.
Qué implica esto: el artículo 362 del Código del Trabajo dispone la “Determinación de las empresas en las que no se podrá ejercer el derecho a huelga. No podrán declarar la huelga los trabajadores que presten servicios en corporaciones o empresas, cualquiera sea su naturaleza, finalidad o función, que atiendan servicios de utilidad pública o cuya paralización cause grave daño a la salud, a la economía del país, al abastecimiento de la población o a la seguridad nacional”.
La calificación -de encontrarse la empresa en alguna de las situaciones señaladas en este artículo- será efectuada cada dos años, dentro del mes de julio, por resolución conjunta de los Ministros del Trabajo y Previsión Social, Defensa Nacional y Economía, Fomento y Turismo, previa solicitud fundada de parte, la que deberá presentarse hasta el 31 de mayo del año respectivo.
Cabe señalar que también en períodos anteriores Mutual ha hecho esta presentación, con la diferencia que dada la vigencia de la actual Ley Laboral (N° 20.940) se da espacio a que los sindicatos, como representantes de la contraparte, los trabajadores, puedan hacer sus descargos a la presentación una vez promovida la solicitud, para que formulen las observaciones que estime pertinentes, dentro del plazo de quince días corridos.
Con nuestra respuesta, el Ministerio analizará la petición de Mutual y se pronunciará respecto de ella, sea acogiéndola o rechazándola. La resolución que aprueba o rechaza se publica en el Diario Oficial y puede ser reclamada por la parte que se sienta perjudicada ante la Corte de Apelaciones De Santiago. Debemos aclarar que esta situación no afectará el trabajo y la relación actual de las partes.
Nuestro Sindicato se encuentra preparando la respuesta que debe ser entregada el 20 de julio próximo, que se fundará principalmente en que Mutual no reúne los requisitos para ser considerada como una empresa estratégica y que el acuerdo suscrito entre las partes sobre Equipos de Emergencia en caso de huelga, cautela suficientemente el derechos de los afiliados a la empresa, por lo que no es necesario quitarle a los sindicatos el derecho a huelga en caso de negociar colectivamente.
Finalmente, el clima de entendimiento que impera entre las partes no hace previsible el ejercicio de tal derecho en el próximo proceso de Negociación Colectiva.
Foto: www.mqarquitectos.cl/salud2.php
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Documentos relacionados:
- Respuesta a Mutual por requerimiento de ser catalogada “Empresa Estratégica”, 19 de julio de 2018
- Resolución Ministerio de Economía sobre solicitud de “Empresa estratégica”, 8 de agosto de 2018.
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